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Proceso de inspección a los vehículos automotores particulares nuevos o que por su tecnología, no aparezcan en el sistema de verificación vehicular o estén imposibilitados a realizar la prueba de Verificación.
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Secretaría de Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial
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SMADSOT-80078-T
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Trámite
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No aplica
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- Interesado.
- Propietario o poseedor del vehículo.
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1. Vehículo automotor nuevo que por no encontrarse en tablas maestras en los Centros de Verificación Vehicular están imposibilitados de aplicar las pruebas de verificación vehicular.
2. Vehículo automotor que cuente con placas de carro antiguo.
3. Vehículo automotor que, por su propia tecnología, no pueden cumplir con los protocolos de verificación vehicular.
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Documento correspondiente al Certificado y Holograma de Verificación Vehicular del tipo que corresponda.
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1. Solicitud debidamente requisitada
2. Original y copia legible de la tarjeta de circulación.
3. Copia de factura, carta factura, pedimento de importación, en el cual conste la fecha de emisión.
4. Original y copia legible de la identificación de la persona que se presente a realizar el trámite.
5. Presentar el vehículo para que sea sometido a inspección visual.
6. Realizar el pago de derechos correspondiente.
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Paso 1: Presentarse con el vehículo automotor en el módulo de ventanilla de atención.
Paso 2: Entregar la documentación requerida. El personal de la Dirección de Gestión de Calidad del Aire revisará que los documentos presentados sean correctos y estén completos.
Paso 3: El personal autorizado por la Dirección de Gestión de Calidad del Aire efectuará la revisión visual de la existencia y adecuada operación en el vehículo de lo siguiente:
a) Sistema de escape: Se deberá revisar que no existan fugas en el sistema de escape.
b) Porta filtro de aire y el filtro de aire.
c) Tapón del dispositivo de aceite.
d) Tapón de combustible.
e) Bayoneta de medición del nivel de aceite en el cárter.
f) Fuga de fluidos: Se deberá revisar que no exista fuga de aceite del motor, aceite de transmisión o de líquido refrigerante.
g) Neumáticos: Se deberá revisar que los neumáticos no se encuentren carentes de dibujo en cualquier punto de la banda de rodadura, o que presenten desperfectos, cortes, erosiones, abombamientos, o dimensiones del neumático incorrectas, o diferente tipo de neumático en un mismo eje.
h) Revisar que ningún componente de control de emisiones del automóvil haya sido desconectado o alterado.
i) Filtro de combustible.
j) Que no encienda testigo en el tablero.
k) Que al encender vehículo automotor enciendan indicadores y todos se apaguen.
Paso 4: En caso de cumplir de manera satisfactoria con la revisión, se emitirá la orden de referencia de pago correspondiente.
Paso 5: Recibido el pago, la Dirección de Gestión de Calidad del Aire emitirá el Certificado y Holograma correspondiente, y posteriormente colocará el holograma en el parabrisas del vehículo automotor y le entregará al solicitante el certificado de verificación vehicular.
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$460.00
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Efectivo, tarjeta de débito o crédito, cheque de caja, cheque certificado, transferencia bancaria.
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Cajas de la Secretaría de Planeación y Finanzas, Centro Integral de Servicios Edificio Sur planta baja, Instituciones bancarias indicadas en la orden de pago, Kioskos de servicios.
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25 minutos.
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- Holograma tipo “00” dos años contados a partir de la fecha de la factura del vehículo.
- Hologramas tipo “0”, “1” y “2” semestral conforme al calendario del Programa de Verificación Vehicular.
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No aplica.
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- Presentar y cumplir con los requisitos establecidos.
- Realizar el pago de derechos correspondiente.
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Presencial.
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Ventanilla del Departamento de Verificación y Regulación de Fuentes
Ubicada en la Secretaría de Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial: Lateral Recta Puebla-Cholula, Km. 5.5 N° 2401, San Andrés Cholula, C.P. 72810.
Tel: 222-273-68-00 Ext. 1133 y 1214.
Horario: Lunes a Viernes de 09:00 a 15:00 horas.
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Dirección de Gestión de Calidad del Aire
Persona responsable: Marco Antonio Herrera García.
Domicilio: Lateral Recta a Cholula Km. 5.5, 2401, San Andrés Cholula, Pue. C.P. 72810.
Número telefónico: 222-273-68-00 Ext. 1127
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Ley de Ingresos del Estado de Puebla, para el ejercicio fiscal 2023; Artículo 49, apartado A, Fracción X.
Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla; Artículo 1, artículo 3, artículo 30 fracción XII, artículo 31 fracción XVI, artículo 47 fracciones I, X y LIII.
Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial; Artículo 19.
Programa de Verificación Vehicular Obligatoria del Estado de Puebla para el Primer Semestre de 2023; Artículos 6 y 7.
Consulta la información del Registro Estatal de Regulaciones relacionada con este trámite http://mregulatoria.puebla.gob.mx/registro-estatal-de-regulaciones
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Comprobante de pago.
Certificado y Holograma de verificación vehicular correspondiente al tipo que se haya expedido.
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- Los Certificados y Hologramas tipo Doble Cero (“00”) se otorgan con base en lo establecido por la normatividad aplicable, así como, en la Lista de Vehículos Candidatos a obtener el Holograma Doble Cero “00”, emitido por las entidades CAME.
- El Holograma tipo Doble Cero (“00”) puede obtenerse por segunda y última ocasión, con una vigencia de dos años contados a partir de la fecha de vencimiento del primer Holograma Tipo Doble Cero (“00”) siempre y cuando cumplan con lo establecido en el Programa de Verificación Vehicular Obligatoria del Estado de Puebla.
- Para vehículos antiguos, el vehículo automotor deberá presentar las placas de Autos Antiguos emitidas por la Secretaría de Planeación y Finanzas.