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Registro en el Padrón Estatal de perros y gatos

Fecha última Actualización: 26/01/2023
Descripción
  • El padrón estatal de perros y gatos, tiene la finalidad de obtener datos estadísticos relativos a animales de compañía, de su propietario o poseedor de conformidad con lo establecido en la Ley de Bienestar Animal del Estado De Puebla.


Dependencia o Entidad
  • Secretaría de Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial

Homoclave
  • SMADSOT-80069-T


Clasificación
  • Trámite


Quién puede realizar el trámite
  • A la ciudadanía tiene un perro o gato en casa.


Casos en los que debe o puede realizarse el trámite o servicio
  • Cuando un ciudadano adquiere por compra o mediante adopción a un perro o un gato. 


Documento a Obtener
  • Formato de padrón estatal de perros y gatos.


Requisitos
  • Para el Padrón de Perros y Gatos se requiere información relativa al propietario o poseedor:
     
    1. Nombre completo; 
    2. Fecha de nacimiento; 
    3. Comprobante de domicilio; 
    4. Número de teléfono o correo electrónico;
    5. Identificación oficial del propietario o poseedor, así como el documento que lo acredite como tal.
    6. Información del perro o gato tales como: Nombre del animal; Fotografía; Acto que originó la propiedad o posesión; Especie; sexo; Raza; Color; Señas particulares; Método de identificación y número del mismo; Sí se encuentra esterilizado o no; Fecha de nacimiento o edad aproximada, y Sí presenta alguna enfermedad o padecimiento crónicos.

    Cuando el servicio se realiza en línea, deberán enviar dicha información al correo electrónico institucional que se proporcione.


Pasos a seguir
  • Paso 1. En caso de que el trámite se realice de forma presencial, deberá llevar al animal de compañía que desee empadronar a los módulos habilitados y deberá cumplir con los requisitos establecidos.

    Paso 2. El registro en línea se realizará a través de la página institucional, para que se descargue el formato correspondiente, se llene con los datos requeridos y se envíe al correo electrónico institucional.


Costo
  • Gratuito.


Tiempo de respuesta
  • El mismo día que se brinda la información para su registro. 


Vigencia
  • 1 año.


Afirmativa o Negativa Ficta
  • No aplica.


Criterios de resolución
  • Presentar los requisitos establecidos.
    Apego a la normatividad en materia de Bienestar Animal.

     


Formas de realizar el trámite o servicio
  • Presencial o en línea. 


Centros de Atención
  • Instituto de Bienestar Animal del Estado de Puebla
    Lateral Recta Cholula Km 5.5, No. 2401 San Andrés Cholula, Puebla. C.P. 72810
    Tel. 222-273-68-00 Ext 1162
    Horario. Lunes a Viernes de 09:00 a 18:00 horas.


Área responsable
  • Instituto de Bienestar Animal del Estado de Puebla
    Persona Responsable: Citlali Cerecedo Luján 
    Domicilio: Lateral Recta Cholula Km 5.5, No. 2401 San Andrés Cholula, Puebla. C.P. 72810
    Número Teléfonico: 222-273-68-00 Ext 1162


Fundamento Jurídico
  • Ley de Bienestar Animal del Estado de Puebla; Artículo 16 fracción III inciso a).

    Reglamento Interior del Instituto de Bienestar Animal del Estado de Puebla; Artículo 16 fracción I.

    Reglamento de la Ley de Bienestar Animal del Estado de Puebla; Artículo 25, Artículo 26, Artículo  27 y Artículo 30.

     

    Consulta la información del Registro Estatal de Regulaciones relacionada con este trámite http://mregulatoria.puebla.gob.mx/registro-estatal-de-regulaciones


Información a conservar para fines de acreditación, inspección, verificación.
  • Copia de los documentos del propietario o poseedor, así como el del animal de compañía que se empadronará.


Unidad Administrativa

Secretaría de Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial

Carta de Servicios


Registro en el Padrón Estatal de perros y gatos
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