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Instituciones Educativas que cuenten con Autorización o Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios para impartir Educación Básica o Media Superior en alguna de sus modalidades y requieran realizar una modificación a la infraestructura escolar.
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Secretaría de Educación
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SEDUC-150043-T
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Trámite
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No aplica
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Titular del Acuerdo Persona Física o Jurídica (Moral).
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Cuando se requiera obtener la autorización para realizar alguna modificación a la infraestructura de la Institución Educativa.
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Autorización para la Modificación a la Infraestructura Escolar.
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1. Formato de Solicitud debidamente requisitado y firmado por los Particulares interesados: Titular (Persona Física) o Representante legal (Persona Jurídica), dirigido a la Persona Titular de la Secretaría, (entregará dos tantos);
2. Identificación oficial vigente con fotografía del Titular o Representante Legal (Credencial para votar, Cédula Profesional, Cartilla del Servicio Militar o Pasaporte);
3. Los Planos Arquitectónicos correspondientes, mismos que deberán cumplir con los requisitos (Revisar los Acuerdos específicos para cada Nivel Educativo) Anexar Permiso ante Ayuntamiento Licencia de Construcción.
Bases generales; Educación Inicial; Educación Preescolar y Primaria; Educación Secundaria; Educación Media Superior4. Aprobación del Programa Interno de Protección Civil, actualizado y expedido por la Dependencia Estatal o Municipal encargada de Protección Civil. En este documento se deberán hacer constar las medidas de seguridad que ofrece el inmueble, el Nivel Educativo que ofertará, con domicilio establecido en el documento de Alineamiento y Número Oficial, así como el Nombre de la Institución Educativa aprobada por la Dirección;
5. Constancia actualizada y expedida por la Dependencia Estatal de Bomberos, en el que se indiquen las condiciones de seguridad con que cuenta la institución Educativa para la prevención y control de incendios u otros siniestros, considerando el Nivel Educativo que ofertará, con el domicilio establecido en el documento de Alineamiento y Número Oficial, así como el nombre de la Institución Educativa aprobado por la Dirección;
6. Documento(s) que avalen la autorización para impartir educación: Acuerdo de autorización o RVOE así como los cambios que se han autorizado;
7. Formato de Carátula pegado en un sobre manila tamaño oficio (Sólo para control en el expediente);
8. Comprobante del pago de la cuota anual por alumno inscrito;
9. Constancia de datos vigente, expedida por la Dirección de Planeación y Estadística Educativa (Blvd. Hermanos Serdán 203, Valle del Rey, 72140 Puebla, Pue.);
10. Deberá anexar la Confirmación de su Cita (Sólo de control).
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Paso 1: Consulta los requisitos en la página https://ventanilladigital.puebla.gob.mx/
Paso 2: Integra expediente completo.
Paso 3: Agenda cita en el apartado Educación https://citasenlinea.puebla.gob.mx/
Paso 4: Envía expediente completo al correo correspondiente del Nivel de Educación Básica o Media Superior: particulares.básica@seppue.gob.mx o vep.ms@seppue.gob.mx
Paso 5: Se verifica que cumpla con los requisitos completos y correctos.
Paso 6: Los requisitos deberán entregarse en 2 CD´s, debidamente escaneados en formato PDF y óptima calidad.
Paso 7: Se cita al usuario para que presente los documentos originales para su cotejo.
Paso 8: En caso de que su análisis sea desfavorable, se enviará a su correo el requerimiento, mismo que deberá subsanar de forma obligatoria en un máximo de 5 días hábiles.
Paso 9: El particular deberá estar al pendiente de la Visita de Inspección Inicial en el día y hora establecida.
Paso 10: En caso de que su visita de Verificación Inicial sea desfavorable, se realizará requerimiento, mismo que deberá subsanar en un máximo de 5 días hábiles.
Paso 11: Se citará al usuario vía correo electrónico, para recibir instrucciones con relación al engargolado de su expediente.
Paso 12: Recibe por correo electrónico la información para que acuda a recoger su documento ya autorizado en un periodo no mayor a 60 días hábiles.
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Gratuito
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60 días Hábiles
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Permanente hasta realizar un cambio o hasta que exista una resolución contraria por parte de la Secretaría de Educación Pública del Estado.
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Negativa Ficta.
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Presentar los requisitos establecidos, escaneados en formato PDF y óptima calidad.
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Dirección de Escuelas Particulares
Blvd. San Felipe No. 2600 Col. J. González Ortega Puebla, Pue. C.P. 72040
Tel.222-229-69-00 ext. Básica 4025 y Media Superior 4026
Horario: Lunes a viernes de 09:00 a 14:00 hrs.
Correo electrónico: esc_particulares@seppue.gob.mx
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Dirección de Escuelas Particulares
Persona responsable: Susana Carvajal Martínez
Domicilio: Boulevard San Felipe No. 2600, Col. Jesús González Ortega C.P. 72040 Puebla Pue.
Tel. 222-229-69-00 ext. 4030
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Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla; Artículos 31 fracción XIII, 44 fracción II, XVIII, XXI inciso d) Noveno Transitorio.
Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública del Estado de Puebla; Artículo 16 fracción XLIV, 17 fracción XII, 18 y 32 I, II, III, IV y XIV.
Acuerdo por el que se Establecen las Bases Generales para Obtener la Autorización o Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios para Impartir Educación Básica y Media Superior, así como para la Suspensión, Terminación Voluntaria, Retiro y Revocación de los Mismos.
Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos Específicos para otorgar Autorización para ipartir Estudios de Educación Inicial.
Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos Específicos para otorgar Autorización para impartir de Educación Preescolar.
Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos Específicos para otorgar Autorización para impartir de Educación Primaria.
Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos Específicos para otorgar Autorización para impartir de Educación Secundaria.
Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos Específicos para otorgar Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios de Educación Media Superior.
Consulta la información del Registro Estatal de Regulaciones relacionada con este trámite http://mregulatoria.puebla.gob.mx/registro-estatal-de-regulaciones
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La información debe ir acorde a las Bases generales y Lineamientos específicos del nivel educativo (Expediente completo).
Nombre de la inspección, verificación o visita domiciliaria: Visita Domiciliaria a Instituciones Particulares de Educación
Unidad responsable: Dirección de Escuelas Particulares
Consulta información de los servidores públicos facultados para realizar la inspección
https://mregulatoria.puebla.gob.mx/padron-de-inspectores/secretaria-de-educacion
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Para el caso de cambios a la infraestructura escolar, los Particulares deberán garantizar que las modificaciones se realicen únicamente en periodos vacacionales del calendario escolar vigente, para no interferir con el proceso educativo de los alumnos y con previa Autorización.
Anticiparse a la Vigencia de los documentos Aprobación del Programa Interno de Protección Civil y Constancia actualizada de Bomberos.
No se admitirán expedientes para trámite durante los meses de abril, mayo, junio y julio.