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Otorgar la autorización correspondiente a aquellas empresas que acrediten ser competentes para prestar los servicios de seguridad privada en el Estado de Puebla.
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Secretaría de Seguridad Pública
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SSP-50071-T
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Trámite
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No aplica
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Persona Físicas o Morales que presten servicios de seguridad privada.
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Cuando se requiere obtener autorización para prestar servicios de seguridad privada en el Estado de Puebla.
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Cédula de autorización para prestar los servicios de seguridad privada.
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1. Solicitud por escrito dirigido al Director(a) General de Seguridad Privada de la Secretaría de Seguridad Pública, señalando la o las modalidades en que pretenda prestar el servicio (original y copia).
2. Presentar una exposición de motivos para la prestación de servicios de seguridad privada (original).
3. Ser persona física de nacionalidad mexicana o tratándose de personas jurídicas, estar constituidas conforme a la legislación mexicana.
4. Copia certificada de la Inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes con cédula de identificación fiscal.
5. Acta de nacimiento para el caso de personas físicas (original o copia certificada).
6. Escritura pública con la Inscripción en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de la entidad federativa correspondiente, en la que se contenga la constitución de la sociedad y modificaciones, si las tuviere, para las personas jurídicas (original o copia certificada).
7. Poder notarial en el que se acredite la personalidad del solicitante. Debiendo cubrir además los requisitos de ingreso y permanencia, establecidos en la Ley de Seguridad Privada del Estado de Puebla y su Reglamento (original o copia certificada).
8. Acreditar el domicilio fiscal, así como de las sucursales con las que cuente, mismos que deberán estar ubicados en el Estado. En caso de contar con autorización federal o de otra entidad federativa, deberá acreditar el domicilio fiscal principal y el de la sucursal o sucursales, si las tiene, que estén ubicadas en el Estado.
9. Acreditar en los términos que señale la disposición legal aplicable, que se cuenta con los medios humanos, de formación, técnicos, financieros y materiales que le permitan llevar a cabo la prestación de los servicios de seguridad privada en forma adecuada, en las modalidades solicitadas.
10. Presentar un ejemplar del Reglamento Interior del Trabajo y del Manual o Bases Operativas, aplicables a cada una de las modalidades del servicio a desarrollar, que contenga la estructura jerárquica del prestador del servicio y el nombre del responsable operativo.
11. Exhibir los planes y programas de capacitación y adiestramiento vigentes, acordes a las modalidades en que se prestará el servicio, así como la constancia que acredite su registro ante la instancia competente.
12. Acreditar la capacitación en materia de seguridad privada del personal operativo, mediante constancia expedida por institución competente.
13. Currículo del personal directivo, o en su caso de quienes ocuparán los cargos relativos.
14. Relación del personal directivo, administrativo, operativo y técnico, conteniendo los datos generales de éstos para la consulta de antecedentes policiales en el Registro Nacional de Personal de Seguridad Pública, señalando el nombre, Registro Federal de Contribuyentes y en su caso, Clave Única de Registro de Población de cada uno de ellos (copia).
15. Adjuntar formato de credencial que se expedirá al personal.
16. Presentar el logotipo en impresión a color y digital, y el lema si los hubiere.
17. Impresiones fotográficas actuales a color y digita del uniforme a utilizar, en las que se aprecien sus 4 vistas, conteniendo colores, logotipos o emblemas, mismos que no podrán ser iguales o similares a los utilizados por las corporaciones policiales o fuerzas armadas o por otras prestadoras de servicios.
18. Relación de bienes muebles e inmuebles que utilicen para la prestación del servicio, incluido el de radiocomunicación, vehículos, y equipo en general, así como los aditamentos complementarios al uniforme.
19. En caso de contar con licencia de uso de armas de fuego, la relación de estas en la que se exprese marca, calibre, modelo, matrícula y asignación respectiva, acompañando la licencia vigente autorizada por la Secretaría de la Defensa Nacional, para la portación de armas.
20. Modelo de contrato de prestación de servicios, debidamente autorizado y registrado por la Procuraduría Federal del Consumidor.
21. En caso de contar con comando canino, la relación de éstos adjuntada copia certificada de los documentos con los que acrediten su adiestramiento y capacitación, así mismo se anexará original del comprobante de pago de derechos respectivo, y los datos de identificación de cada animal, como son raza, peso, tamaño, nombre, edad, carnet de vacunación y cursos de adiestramiento, actualizados, así como impresiones fotográficas a color y digitales de cada uno de ellos.
22. Copias certificadas del permiso para operar con frecuencia de radiocomunicación o contrato celebrado con concesionaria autorizada.
23. Impresiones fotográficas actuales a color y digita de los costados, frente, parte posterior y toldo de los vehículos que utilicen en la prestación de sus servicios, las cuales deberán mostrar claramente la denominación o razón social del prestador de servicios, el logotipo, el lema si los hubiere, el número de identificación del vehículo, número de autorización local y en su caso federal, y la leyenda “seguridad privada", en caso de utilizar torretas se usaran exclusivamente los colores verde o naranja.
24. Impresiones fotográficas actuales a color y digital del exterior de las instalaciones, dichas instalaciones no podrán ser utilizadas por dos o más prestadores de servicio a la vez.
25. Muestra física de las insignias, divisas, emblemas o cualquier otro medio de identificación que porte el elemento.
26. En caso de que se utilicen vehículos blindados en la prestación del servicio, independientemente de la modalidad de que se trate, se deberá exhibir documento expedido por el proveedor del servicio de blindaje, con la que acredite el nivel del mismo.
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Paso 1. Presentar datos fiscales para generar orden de cobro.
Paso 2. Presentar por escrito la solicitud de autorización, así como el pago de derechos para su análisis y diagnóstico; cumpliendo con los requisitos que resulten aplicables de acuerdo con la Ley de Seguridad Privada del Estado de Puebla y su Reglamento.
Paso 3. Recibir diagnóstico de prevención en un plazo de 10 días hábiles siguientes a la presentación de la solicitud, se le citará a efecto de recibir la prevención para que subsane las omisiones o deficiencias presentadas.
Paso 4. Dentro de un plazo de 20 días hábiles improrrogables contados a partir del día siguiente de la notificación, el interesado deberá subsanar las omisiones o deficiencias detectadas.
Paso 5. Dentro de un término de 15 días hábiles posteriores al cumplimiento por parte de la empresa de las irregularidades detectadas en el Diagnóstico de Prevención, se determinará la procedencia o no de la autorización.
Paso 6. Recibir cédula de autorización para prestar servicios de seguridad privada en el Estado de Puebla o en su caso la determinación del desechamiento de la autorización.
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$63,590.00 (Por cada modalidad).
$185.00 (Cédula de autorización).
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1. Pago con tarjeta de crédito o débito
2. Pago en ventanilla con referencia bancaria emitida por la Dirección General de Seguridad Privada
3. Con cargo a cuenta de cheques en las sucursales bancarias con las que existe convenio.
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1. En las sucursales bancarias con las que existe convenio.
2. Cajas de recaudación de la Secretaría de Planeación y Finanzas.
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90 días hábiles (Tiempo promedio).
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Anual.
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No Aplica.
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- Realizar el pago de derechos correspondientes.
- Presentar los requisitos establecidos.
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El trámite es presencial.
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Dirección General de Seguridad Privada
CIS Sótano del Edificio Sur Blvd. Atlixcayotl 1101, Col. Concepción las Lajas, C.P. 72190, Puebla, Puebla.
Tel. 222-303-46-00 ext. 1268.
Horarios de Atención: De lunes a viernes de 09:00 a 15:00 horas para recibir documentación e informes.
ssp.dgsp.08@hotmail.com
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Dirección General de Seguridad Privada
Persona responsable: Lic. Luis Felipe Romero Bustos.
Domicilio: Centro Integral de Servicios, Sótano del edificio sur. Vía Atlixcáyotl No.1101 Col. Concepción las Lajas Puebla Pue. C.P. 72190.
Número telefónico: 222-303-46-00 ext. 1050.
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Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla; Artículo 46, fracción XXXVI.
Ley de Seguridad Privada del Estado de Puebla; Artículo 15, Artículo 16, Artículo 17, Artículo 18, Artículo 24, Artículo 26, Artículo 27, Artículo 28, Artículo 30.
Ley de Ingresos del Estado de Puebla, para el ejercicio fiscal 2023; Artículo 46, fracciones I, II.
Reglamento de la Ley de Seguridad Privada del Estado de Puebla; Artículo 6, Artículo 7, Artículo 8, Artículo 9, Artículo 13, Artículo 18, Artículo 19, Artículo 20, Artículo 23, Artículo 26, Artículo 27, Artículo 39, Artículo 40, Artículo 41.
Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública Del Estado de Puebla; Artículo 30 fracciones I y II, Artículo 32 fracciones I, II y III.
Consulta la información del Registro Estatal de Regulaciones relacionada con este trámite http://mregulatoria.puebla.gob.mx/registro-estatal-de-regulaciones