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Realizar baja de la Clave Única de Registro Nacional de Población por Defunción.
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Secretaría de Gobernación
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SEGOB-35090-T
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Trámite.
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No aplica
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1. Familiar directo: (Madre, Padre, Hermano (a), Hijo (a), Cónyuge o Concubino (a)). Deberá presentar: documento por medio del cual se acredite la afinidad con el titular (Acta de Nacimiento, de matrimonio o constancia de concubinato -éste último tramitado en vida del Titular-) e Identificación oficial:
Credencial para Votar expedida por el Instituto Nacional Electoral.
Cartilla del Servicio Militar Nacional.
Pasaporte expedido por la SRE.
Cédula profesional.
Certificado de estudios con reconocimiento de validez oficial.
Documento migratorio expedido por el Insituto Nacional de Migración (INM).
Constancia de Refugiado o Protección complementaria
Documento de otorgamiento de asilo político.2. Abogado: Deberá presentar cédula profesional (original y copia) y Carta poder simple con firma de quien otorga y acepta el poder, así como de dos testigos, anexando copia de identificación oficial de todos los intervinientes.
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Cuando se requiere dar de baja la CURP por motivo de Defunción.
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Constancia de CURP inactiva por defunción.
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Baja por defunción:
- Acta de defunción certificada por la Dirección General del Registro Civil.
- Acta de nacimiento del fallecido emitida por el Archivo General del Registro Civil.
- Acta de matrimonio expedida por el Archivo General del Registro Civil (en caso de haber sido casado).
- CURP
- Identificación oficial vigente con fotografía de quien realice el trámite (original y copia).
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Paso 1: Presentar la documentación requerida.
Paso 2: Solicitar la baja de acuerdo a su documentación.
Paso 3: Recibir CURP certificada.
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Gratuito.
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3-10 dias hábiles, depende de la demanda del servicio a RENAPO.
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Permanente.
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Negativa ficta.
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Presentar y cumplir con los requisitos establecidos.
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- Presencial.
- Correo electrónico.
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Centro Integral de Servicios Puebla Edificio Ejecutivo, Módulo de Registro Civil
Vía Atlixcáyotl No. 1101 Col. Concepción las Lajas, Puebla, Pue. C.P. 72190
Horario de atención: Lunes a Viernes de 9:00 a 15:00 horasCorreo electrónico: registrocivil.curp@puebla.gob.mx
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Dirección General del Registro del Estado Civil de las Personas
Persona Responsable: C. Alejandra Guadalupe San Martin Huerta
Domicilio: Avenida 11 Oriente No. 2003 Col. Azcárate C.P. 72501
Números telefónicos: 800-911-46-64; 800-911-64-47; 800-640-89-00; 800-500-11-33
Correo electrónico: registrocivil@puebla.gob.mx
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Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla: Artículo 32 Fracción VI.
Ley General de Población: Artículo 93.
Reglamento de la Ley General de Población: Artículo 44 y 45.
Instructivo Normativo para la Asignación de la CURP: Disposiciones. Séptimo. Tipos de constancias 5a.
Manual de Procedimientos.
Consulta la información del Registro Estatal de Regulaciones relacionada con este trámite http://mregulatoria.puebla.gob.mx/registro-estatal-de-regulaciones
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Documento CURP.
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Cuando las actas de nacimiento contengan anotaciones, observaciones o se encuentren en alguna otra situación que deba ser analizada y validada por RENAPO, el trámite tardará 10 días hábiles.